Justino Zapatero Gómez
Fiscal del Tribunal Supremo
Quienes tenemos la suerte de desempeñar un oficio, y sin perjuicio de que existan excepciones, procuramos hacerlo de la mejor forma posible. Ser buenos profesionales. Yo he tenido la suerte de dedicarme a un trabajo que me gusta, y dentro del mismo, la fortuna de estar destinado en los servicios de inspección del Ministerio Fiscal durante 11 años, que es una posición privilegiada para observar el trabajo de los compañeros y el funcionamiento de la institución. Ejercí ese cargo durante el periodo 2007 – 2018, tiempo en el que en nuestro país experimentó una significativa preocupación por los temas de la ejemplaridad pública. No había mucho escrito sobre la ética de las profesiones, concretamente sobre el Ministerio Fiscal, dos artículos en revistas especializadas. Valorando tal escasez me embarqué en el estudio de la materia, empresa que concluyó con la publicación del libro sobre el Buen Fiscal[1].
Posteriormente he tenido la suerte de participar en la elaboración de varios textos normativos que han tratado sobre ética del fiscal. Dentro de una de las asociaciones de fiscales, en la Fiscalía General del Estado, y en el seno de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, participe en la elaboración de la Carta de Principios Éticos aprobada en el marco de la XXIX Asamblea General de la AIAMP celebrada en julio de 2022 en Cartagena de Indias
“Una fraseología vaga produce necesariamente ideas vagas. En manos de hombres bienintencionados es fuente de confusión; en las del mal intencionado, un instrumento de ruina”.
BENTHAM, Jeremy, Deontología o Ciencia de la moral, obra póstuma. Librería de Mallen y Sobrinos, 1836, p. 3
Después de la idea de la virtud, yo no conozco idea más bella que la de los derechos, o más bien, ambas ideas se confunden. La idea de los derechos no es otra cosa que la idea de la virtud introducida en el mundo político
TOCQUEVILLE, Alexis, De la democracia en América, trad. de Dolores Sánchez, Barcelona, Colecciones RBA I. 2005. 2º parte, capítulo VI,
El lenguaje, como advertía Bentham, es uno de los primeros obstáculos con que se encuentra quien se acerca al estudio de la ética profesional. El empleo de términos que en sí mismos no refieren propiedad alguna del significante exige precisar el sentido en que se emplean, es la forma de evitar confusiones. La alta carga emotiva, imprecisión, ambigüedad o vaguedad de ciertos conceptos obliga a aclarar el significado en que se emplean, siendo presupuesto ineludible para afrontar la relación ética profesional – deontología y deber – virtud.
En el ámbito académico, al afrontar el estudio de las éticas profesionales, es frecuente encontrarse con un planteamiento que contrapone ética de las virtudes y ética de los deberes, a mi entender, tal conflicto empobrece inútilmente el análisis, entendiendo que deber y virtud se desenvuelven en dimensiones diferentes, pero complementarias. Qué debo hacer y cómo debo ser, en tanto que profesional, son las cuestiones a las que se debe responder para dibujar el modelo del buen profesional.
El intento de precisión es asimismo necesario a la hora de delimitar el sujeto “jurista”. La historia revela cómo han ido apareciendo en escena actores que, al encarnar roles específicos, han enriquecido la Justicia como sistema, al tiempo que lo han hecho más complejo. Desde aquella imagen inicial – 2300 a C. – en la que aparece el dios Shamash junto a dos individuos, la Justicia ha evolucionado, primero dejando el juez divino su puesto al terrenal para sucesivamente irse incorporando al reparto testigos, legisladores, funcionarios, fiscales, abogados, peritos, policías, medios de comunicación, grupos de presión, mediadores, etc., conformando una lista que no puede entenderse cerrada. Todos y cada uno se configuran desde principios y deberes comunes, pero también con algunos específicos. Identificar las diferencias y similitudes fortalece el funcionamiento de un Estado complejo, entendiendo por tal aquel que se conforma y funciona desde la concurrencia de actores diversos.
El marco deontológico en la ética profesional tiene la misión de descubrir y describir al buen profesional- No implica buscar lo heroico o excepcional, sino que se trata de dibujar el modelo, el de ese profesional que ejerce su oficio cumpliendo los deberes que la sociedad espera de su rol, de ese profesional que actúa conforme a las virtudes asociadas al mismo y lo hace de forma normalizada, cotidiana.
Adentrarse y profundizar en el estudio de la ética profesional y deontología permite descubrir y describir los deberes y virtudes de cada uno de los oficios y empleos que conforman el sistema judicial, permitiendo su mejora y optimización, así como de esa entidad superior y compleja que es el Estado y, en definitiva, del ciudadano ante la Administración de Justicia.
[1] Zapatero Gómez, J. El Buen Fiscal. Valencia. Ed. Tirant Lo Blanch. 2019. 580 pp.
El seminario se celebró en línea el 17/01/2024
Puedes escuchar la grabación en audio (83,1 MB) en este enlace. Si deseas acceder a una grabación en vídeo (250 MB), puedes obtenerlo en este enlace. en la Plataforma Zoom (ID de reunión: 836 9157 8164 . Código de acceso niaia-2324
Para citar esta entrada
Zapatero Gómez, Justino. Jueces, fiscales y abogados. En Niaiá, consultado el 14/01/2024 en https://niaia.es/jueces-fiscales-y-abogados/
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